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5. Trámites en la UNAM > 5.10 Dictamen de pago de regalías y de derechos de autor
5.10 Dictamen de pago de regalías y de derechos de autor

Cuando en la UNAM una obra es explotada lucrativamente al ser publicada, reproducida, traducida, adaptada, ejecutada o transmitida, el autor de la misma tiene el derecho a recibir de la UNAM regalías, con fundamento en el Reglamento sobre Ingresos Extraordinarios, el Estatuto del Personal Académico, el Contrato Colectivo de Trabajo para el Personal Académico y Disposiciones generales para la actividad editorial de la UNAM, lo que también se estipula en la Ley Federal del Derecho de Autor.

Sobre la procedencia o no del pago de regalías a los autores, la Dirección General de Asuntos Jurídicos tiene la atribución de emitir un dictamen, con base en los artículos 13, fracción XII y 45 de las Disposiciones generales citadas.

Si una obra fue realizada por varios autores, el porcentaje para el pago de regalías, debe distribuirse entre todos de conformidad con el artículo 45 de las mencionadas Disposiciones generales. La cantidad a cubrir a dichos autores se basa en el precio de comercialización de cada ejemplar, los pagos deben realizarse semestralmente conforme a las ventas efectuadas durante ese periodo.

Por otra parte, el pago de derechos de autor se otorga al creador por ceder de manera temporal la titularidad de los derechos patrimoniales de su obra, cuyo monto también es determinado por el Consejo Editorial. Para que la Dirección General de Asuntos Jurídicos se encuentre en la posibilidad de realizar un dictamen para el pago de regalías, se le debe enviar lo siguiente:

  1. Oficio de solicitud de dictamen favorable firmado por el titular de la entidad o dependencia;
  2. Recibo de pago de regalías, con: monto a pagar, título de la obra; periodo del pago, y nombre y firma del titular de la dependencia;
  3. Acuerdo, convenio, contrato o carta compromiso con firmas autógrafas de autores, colaboradores y titular de la entidad o dependencia, y
  4. Cantidad a cubrir desglosada.

Si la Dirección General de Asuntos Jurídicos emite un dictamen favorable para el pago de regalías, la entidad o dependencia solicitante debe continuar la realización de los trámites ante la Subdirección de Egresos de la Dirección General de Finanzas.

 

 

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