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5. Trámites en la UNAM > 5.5 Certificados de Licitud de Título y de Licitud de Contenido
5.5 Certificados de Licitud de Título y de Licitud de Contenido

Para el caso de las publicaciones periódicas impresas, es necesario obtener de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas (CCPRI), de la Secretaría de Gobernación,los certificados de Licitud de Título y Licitud de Contenido. Para esto, es necesario proporcionar a la DGAJ:

  1. Copia del certificado de la reserva de derechos al uso exclusivo del título, expedido por el INDAUTOR;
  2. Cinco ejemplares de los tres últimos números de la publicación periódica;
  3. Copia de identificación del editor responsable, y
  4. Incluir en el directorio de la publicación, los datos siguientes:
  • Fecha del primer número publicado;
  • Breve sinopsis del contenido;
  • Nombre del editor responsable;
  • Nombre, domicilio y número telefónico de la imprenta;
  • Nombre, domicilio y número telefónico del distribuidor;
  • Precio al público;
  • Domicilio donde está establecida la publicación;
  • Tiraje, y
  • Periodicidad.

Después de que la CCPRI otorga los originales de los certificados de Licitud de Título y de Licitud de Contenido, la Dirección General de Asuntos Jurídicos los remite a la Dirección General del Patrimonio Universitario para su resguardo. La dependencia universitaria que edita, recibe una copia fotostática de los mismos.

 

 

 

 

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